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Académico español confirma plagio en la tesis de Jorge Glas
El Asambleísta por el MPD Jorge Escala insistió en su denuncia contra el binomio del candidato Rafael Correa, a quien acusa de plagio académico al existir indicios de que en su proyecto de graduación existió un acto de deshonestidad académica al haber copiado más de 50 páginas sin citar fuentes ni autores.
Según Escala, a las evidentes pruebas como la comparación de decenas de páginas del marco teórico y las conclusiones de la tesis de Glas con los trabajos del Rincón del Vago y monografías.com, hoy se suman las declaraciones de uno de los principales afectados, el especialista español José Manuel Huidobro, autor de más de 50 libros y 660 artículos, muchos de ellos subidos a páginas de internet. Este académico, en declaraciones a la Revista Vanguardia, en su Edición 373, manifestó lo siguiente: ?He leído la tesis del señor Jorge Glas y veo que una parte de ella es copia literal de mi artículo publicado en monografías.com?. En concreto: ?las páginas 127 a 130 inclusive; las páginas 130 a 132 inclusive, y las páginas 138 a 141 inclusive?; esto confirmaría indubitablemente el fraude académico de Glas Espinel.
Para Jorge Escala, las pruebas contra Glas son suficientes; por lo que manifestó que este fraude debe ser sancionado con la máxima rigurosidad de la Ley. La actuación del candidato a vicepresidente por Alianza PAIS y ex Ministro del Gobierno saliente viola expresamente el Código de Ética y el Manual de Tesis de la Escuela Politécnica del Litoral al no registrar en su tesis de 162 páginas, cita alguna de las 42 copiadas textualmente de los sitios web: ?monografías.com? y ?El Rincón del Vago?, ni de los gráficos e ilustraciones; por lo que insistió en que dicha Institución (ESPOL) debe aplicar inmediatamente la Ley, anular esta tesis y retirar el título académico de Ingeniero en Electricidad y Electrónica a Jorge Glas
En esta misma linea Escala solicitó oficialmente al Consejo de Educación Superior que intervenga en este caso para monitorear el cumplimiento de los aspectos académicos y jurídicos de la ESPOL en relación a este caso, tal como lo determina el Art. 169 literal v) de la Ley Orgánica de Educación Superior.
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